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Puntos De Vista Para La Primera Versión Del Texto Anticubano, Presentada Por Honduras En Washington. |
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Estados Unidos ha declarado
públicamente que la aprobación de la resolución anti-cubana es una de sus
prioridades fundamentales en este período de sesiones de la Comisión de
Derechos Humanos y lo demuestra el hecho de que el Departamento de Estado
convocó a un grupo países miembros de la Comisión para entregarles la primera
versión del texto.
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El lenguaje utilizado tiene el
objetivo de confundir y enmascarar un contenido duro, que recoge los elementos
sustantivos fundamentales de la enmienda que el pasado año presentó Costa
Rica al proyecto anti-cubano y que fue aplastantemente rechazada por más
de 30 miembros de la Comisión. A saber:
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Se trata de legitimar como:
“disidentes políticos y periodistas”, a las personas juzgadas y sancionadas en
marzo del pasado año por haber actuado al servicio de una potencia extranjera
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Se califican de violación de las
libertades fundamentales, la libertad de expresión y del derecho al debido
proceso, las acciones del Gobierno de Cuba, en ejercicio de su legítimo
derecho a defenderse, tomando medidas contra un grupo de mercenarios dedicados
a subvertir el orden constitucional, bajo el falso ropaje de periodistas y
defensores de los derechos humanos.
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Además, el texto actual contiene en
su formulación uno de los objetivos de la llamada “Comisión de Ayuda a una
Cuba libre”. Se trata de una comisión gubernamental presidida por el
Secretario de Estado Colin Powell, que ha declarado solo dos objetivos:
acelerar el fin del gobierno cubano y llevar a término lo que ellos denominan
“transición hacia la democracia”, tal como aparece enunciado en el párrafo
dispositivo No. 2 del texto.
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Constituye una franca ingerencia en
los asuntos internos de Cuba, sugerir que el Gobierno establezca un diálogo
con lo que se denomina “corrientes de pensamiento y grupos políticos
organizados”, que en realidad son grupúsculos organizados y financiados por el
Gobierno de los Estados Unidos o por las organizaciones contrarrevolucionarias
basificadas en la Florida y cuyo objetivo fundamental es destruir el sistema
socio-económico y político, escogido soberanamente por la aplastante mayoría
del pueblo cubano, en legítimo ejercicio de su derecho a la libre
determinación
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Se afirma que la promoción del
desarrollo pleno de las instituciones democráticas y de las libertades
públicas pasa por el diálogo con la llamada “oposición política”. De esa
forma, se desconoce el carácter democrático de las instituciones existentes en
Cuba, que forman parte de un sistema de democracia participativa en el que
todos los ciudadanos tienen la oportunidad de participar activamente en la
toma de decisiones y que está avalado por unas elecciones en las que participa
más del 96% de la población.
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Se menciona repetidamente la
obligación de los Estados con los principios y propósitos de la Carta de las
Naciones Unidas, pero
se obvia deliberadamente que los derechos y libertades proclamados en la
Declaración Universal de Derechos Humanos, tal como reza en su artículo 29, no
podrán, en ningún caso, incluyendo a los individuos a que se hace referencia,
ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de la Carta de las
Naciones Unidas, como la soberanía, la independencia y la integridad
territorial de cualquier país, incluida Cuba.
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El mandato de la Representante de
la Alta Comisionada emana de un ejercicio selectivo y discriminatorio, que
solo puede ser impuesto mediante brutales presiones ejercidas contra un grupo
importante de miembros de la Comisión. Su informe al 60º período de sesiones
de la Comisión de Derechos Humanos, reitera todas las calumnias que contra
Cuba se han venido fabricando durante años y se convierte en un nuevo
instrumento al servicio de la política agresiva de Estados Unidos contra Cuba.
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Cuba es el único país del
Hemisferio Occidental al que se intenta singularizar con este tipo de
ejercicio, a pesar de que, como proclama el texto, todos los demás Estados
soberanos están igualmente obligados al respeto de los derechos humanos y las
libertades fundamentales. Debe recordarse que ya Cuba recibió en el pasado al
Alto Comisionado para los Derechos Humanos, a dos Relatores de la Comisión y
tiene invitado a visitar el país a un tercer Relator.
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Se intenta darle legitimidad y la
apariencia de balance y no selectividad al proyecto mediante un tímido
reconocimiento de las acciones del Gobierno cubano para promover la Libertad
de Religión y mediante repetidas menciones a condiciones internacionales
adversas y a la obligación de todos los Estados de cumplir los propósitos y
principios de la Carta de Naciones Unidas.
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La condena está en la existencia
misma del ejercicio, en el doble rasero que se aplica al condenar a Cuba y
otros países del Tercer Mundo, mientras se ignoran las violaciones de los
derechos humanos que cometen los países industrializados dentro y fuera de su
territorio.
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La afirmación que “... las
excepcionales circunstancias internacionales prevalecientes han obligado a
muchos Estados a intensificar medidas de seguridad...” demuestra que el
proyecto no solo condena a Cuba, sino que, tangencialmente, intenta justificar
las violaciones de los derechos humanos que comete Estados Unidos contra los
prisioneros recluidos en la Base Naval de Guantánamo, así como las violaciones
de los derechos humanos y las libertades fundamentales cometidas en EE.UU. y
los países más industrializados contra migrantes de todas partes del mundo,
bajo el pretexto de la lucha contra el Terrorismo.
Primera Versión Del Proyecto De Resolución Anticubano
Distribuida En Washington El 23 De Marzo Del 2004
Rev.3 22/03/04
Proyecto de Resolución
La Comisión de
Derechos Humanos,
Tomando en cuenta
su resolución 2003/13 del 17 de
abril de 2003,
Considerando
que en la resolución antes
mencionada la Comisión urgió al Gobierno de Cuba para que recibiera a la
Representante personal del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos y para que le brindara todas las facilidades necesarias con
el fin de que ella pudiera cumplir el mandato establecido en la resolución
2002/18 del 19 de abril de 2002,
Consciente
de que el cumplimiento de los
derechos humanos y libertades fundamentales es una obligación inherente a
todos los Estados en el marco de los propósitos y principios de la Carta de
las Naciones Unidas,
1.
Expresa
que
el Gobierno de Cuba, como todos los demás Estados soberanos,
independientemente de las excepcionales circunstancias internacionales
prevalecientes, que han obligado a muchos Estados a intensificar medidas de
seguridad, debería evitar la adopción de medidas que pudieran amenazar los
derechos fundamentales, la libertad de expresión y el derecho a un debido
proceso de sus ciudadanos. A este propósito, lamenta los hechos ocurridos el
año pasado en Cuba, en relación con algunas condenas a disidentes políticos y
periodistas, según ha trascendido internacionalmente,
2.
Expresa su
esperanza
de que el Gobierno de Cuba
continuará esforzándose por robustecer la libertad religiosa y de que pondrá
en marcha medidas con el fin de facilitar la transición hacia el
establecimiento de un diálogo fructífero con todas las corrientes de
pensamiento y grupos políticos organizados de su sociedad, a pesar del
precario ambiente internacional, con el propósito de promover el desarrollo
pleno de sus instituciones democráticas y de las libertades públicas.
3.
Insta
al
Gobierno de Cuba para que coopere, dentro del pleno ejercicio de su soberanía,
con la Representante del Alto Comisionado para los Derechos Humanos,
facilitándole el cumplimiento de su mandato, como otros Estados soberanos
deben hacerlo, en cumplimiento de los propósitos y principios que presiden la
Carta de las Naciones Unidas
4.
Decide
darle
mayor consideración a este tema en su sesenta y una sesión, bajo el mismo
punto de agenda.
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