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EN 1998 FUERON DETENIDOS EN MIAMI 5 CUBANOS ACUSADOS DE
TRABAJAR PARA EL GOBIERNO DE CUBA. DESPUES DE UN
JUICIO QUE NUNCA DEBIO REALIZARSE EN ESA CIUDAD,
LOS CINCO FUERON CONDENADOS A PENAS QUE SUMAN 4
CADENAS PERPETUAS Y 75 AÑOS DE PRIVACIÓN DE
LIBERTAD.
Los abogados de la Defensa reiteradamente se han referido a
las múltiples violaciones legales cometidas en
este caso y las desmesuradas sentencias
impuestas a los Cinco cubanos.
Las sentencias, obviamente, son irracionales y
excesivas. Pero hay algo peor. Cuando la jueza
le impuso las sentencias a los cinco compañeros
- dos cadenas perpetuas más 15 años a Gerardo,
una cadena perpetua más 18 años a Ramón; una
cadena perpetua más 10 años a Tony; 19 años de
prisión a Fernando, y 15 años de prisión a René
González - también accedió a una petición que
por escrito le hiciera el gobierno de los EEUU.
¿En qué consistía esa petición? No hablo de
documentos cubanos, hablo de documentos del
gobierno de EEUU presentados formalmente ante un
tribunal federal de los EEUU por la
representación fiscal.
En ese documento ellos dicen que tan importante
como la sentencia, como la pena de prisión que
se les imponga, tan importante como eso es
asegurarse de que “más allá del tiempo que
tengan que servir en prisión, que más allá del
tiempo que dure la pena, la sanción penal, estas
personas no puedan volver a hacer lo que
hicieron, que sean incapacitadas para toda la
vida, para que no puedan volver a intentar hacer
aquello por lo cual los trajimos aquí”.
Voy a leer textualmente lo que dice en la página
45 del acta del tribunal correspondiente al 14
de diciembre del año 2001, día en que René
González es condenado a quince años de prisión:
“Como una condición especial adicional de la
libertad supervisada, se le prohíbe al acusado
asociarse con o visitar lugares específicos
donde se sabe que están o frecuentan individuos
o grupos tales como terroristas, miembros de
agrupaciones que propugnan la violencia o
figuras del crimen organizado”.
Alguien hubiera podido pensar que incluir
semejante cláusula en la sanción de Rene, era
una exageración o un momento de desatino del
Gobierno norteamericano. Pero dos semanas
después, cuando se dictó la sentencia contra
Antonio Guerrero, repitieron lo mismo. Y esta
demanda de incapacitación es tan importante, que
la señora Fiscal se tomó el trabajo, por escrito
y verbalmente, de insistir con el tribunal para
que después que Antonio cumpliera toda su
sanción –una cadena perpetua más diez años-, se
estableciese esta condición: "se le prohíbe
al acusado asociarse con o visitar lugares
específicos donde se sabe que están o frecuentan
individuos o grupos tales como terroristas".
Esto tuvo lugar en Diciembre de 2001. Ustedes
recuerdan aquellos días, lo que había ocurrido
tres meses antes en New York y en la vida
norteamericana. ¿Cuántas veces el señor Bush
dijo que el que acoge o alberga a un terrorista
es tan culpable como el terrorista mismo? ¿No es
tan culpable esta administración como esos
asesinos y terroristas que acoge y defiende?
Ningún medio de comunicación masiva de EEUU
convirtió eso en noticia, ninguno se dio por
enterado. Hoy siguen ignorándolo, pero esto
debería haber aparecido en grandes titulares de
la prensa norteamericana, porque esta sanción
adicional es el reconocimiento por parte del
gobierno de EEUU de que hay grupos terroristas
en ese país, que ellos saben quiénes son, saben
donde viven, donde se reúnen, qué lugares
frecuentan, pero nunca han ido a buscarlos para
detenerlos, para someterlos a la justicia y peor
aún, sancionan a ciudadanos o residentes en los
EEUU a esa insólita prohibición.
¿Desde el punto de vista legal cuáles han sido los más
recientes fallos sobre el caso?
En el mes de mayo del 2005 cinco expertos
independientes del Grupo de Trabajo sobre
Detenciones Arbitrarias
de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU,
ninguno de ellos cubano, ninguno de ellos
persona de pensamiento radical, revolucionario,
cinco juristas de cinco países distintos,
después de estudiar el caso durante dos años,
finalmente dijeron que la privación de libertad
de los cinco era arbitraria, era contraria a las
leyes, contraria a las convenciones de derechos
humanos de Naciones Unidas.
Unos meses después, el 9 de agosto, 3 jueces
norteamericanos - no uno, tres - jueces de larga
trayectoria, personas que gozan de prestigio, de
credibilidad por su experiencia, por su labor en
el sistema judicial norteamericano; también
después de dos años de analizar el asunto,
llegaron a la misma conclusión: que la farsa
judicial que se había practicado contra ellos en
Miami unos años antes carecía de valor y
decidieron revocar aquel proceso judicial,
anularlo.
Pero el Gobierno norteamericano empeñado en
castigar a estos compatriotas, ha estado
maniobrando, se ha estado valiendo de todas las
argucias legales o semi legales que ese sistema
le facilita, y ese fallo de los tres jueces fue
sometido a la reconsideración por todo el
conjunto de la Corte de Apelaciones de Atlanta,
algo insólito, algo que la propia Ley
norteamericana califica como de una rareza que
sólo puede darse en casos muy excepcionales.
El 9 de agosto de 2006, exactamente un año
después de la decisión del panel de tres jueces
de revocar las condenas, el pleno de esa misma
Corte por mayoría rechazó esa decisión
ratificando las condenas, negó la realización de
un nuevo juicio y ordenó enviar nuevamente el
caso al panel para la consideración de los
restantes aspectos.
Los dos miembros del panel de tres, con derecho
a participar en la votación, Byrch y Kravitch,
se opusieron a dicha decisión y reiteraron, y
cito, que “este es un caso excepcional en el que
se impone un cambio de sede debido al prejuicio
latente en la comunidad que hace imposible
conformar un jurado imparcial”.
Con este fallo el Onceno Circuito ratifica la
decisión de la Corte de Miami de negar las
mociones presentadas por la defensa para cambiar
la sede y realizar un nuevo juicio.
La decisión adoptada por la Corte de Atlanta no
toma en consideración el ambiente de violencia e
intimidación imperante en Miami ni los hechos
más recientes ocurridos en esa ciudad y
publicados por su propia prensa local que
incluyen la ocupación de arsenales de armas
destinados a acciones terroristas contra la
isla, declaraciones públicas de terroristas que
con total impunidad reconocen sus fechorías y
prohibiciones contra libros infantiles sobre
Cuba. Todo ello ratifica a la ciudad de Miami
como la única donde no se podía realizar un
juicio justo e imparcial a los 5.
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