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Gaceta Oficial
No. 019 Extraordinaria de 26 de abril de 2007
POR
CUANTO: El Decreto-Ley No. 22, de fecha 16 de abril
de 1979, que puso en vigor el Arancel de Aduanas de
la República de Cuba para las importaciones sin
carácter comercial, en su Disposición Final Primera,
faculta a la que resuelve para establecer la lista
de productos cuya importación sin carácter comercial
se prohíbe, oído el parecer de los organismos
interesados; y que dicha lista podrá ser variada en
las oportunidades que se estimen pertinentes.
POR
CUANTO: La Resolución No. 322, de fecha 11 de julio
de 2002, dictada por el Ministro de Finanzas y
Precios, prohíbe la importación sin carácter
comercial, por viajeros y mediante envíos, de
equipos de vídeo de cualquier tipo, marca y modelo,
incluyendo los que se fabrican y venden en el
mercado incorporados a otros equipos.
POR
CUANTO: Resulta conveniente eliminar la prohibición
mencionada en el Por Cuanto anterior, a los fines de
que se responda a la política actual establecida
para las importaciones que sin carácter comercial se
realizan por viajeros y mediante envíos, teniendo en
cuenta el desarrollo tecnológico actual de los
equipos reproductores de imágenes, así como el uso
extendido de éstos incorporados a otros equipos.
POR
CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, adoptado
el 20 de junio de 2003, quien resuelve fue designada
Ministra de Finanzas y Precios.
POR
TANTO: En el uso de las facultades que me están
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Derogar la Resolución No. 322, de fecha 11
de julio de 2002, emitida por el Ministro de
Finanzas y Precios.
SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a
partir del primero de mayo de 2007.
NOTIFIQUESE a
la Aduana General de la República.
PUBLIQUESE en
la Gaceta Oficial de la República de Cuba y
archívese el original en la Dirección Jurídica de
este Ministerio.
Dada en la
ciudad de La Habana, a los 25 días del mes de abril
de 2007.
Georgina
Barreiro Fajardo
Ministra de
Finanzas y Precios
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